
Así como existe un
procedimiento formal para constituir una empresa (Minuta, Escritura Pública
Notarial, Inscripción en Registros Públicos y trámite del RUC ante la SUNAT)
también existe un proceso formal para que una empresa salga ordenadamente del
mercado y termine su existencia.
Nos estamos
refiriendo al proceso de Disolución, Liquidación y Quiebra de Empresas, este
último para las empresas que mantengan deudas y que no podrán cancelarlas, es
decir, si una empresa por decisión de los socios ya no desea continuar con el
negocio y quieren concluir con el mismo formalmente deberán hacerlo a través
del proceso de Disolución y Liquidación.
Si el negocio tiene
problemas financieros o tiene deudas que no podrá cancelar deberá salir
ordenadamente mediante el proceso de disolución, liquidación y adicionalmente
solicitar la Quiebra Judicial de la Empresa. Es importante precisar que la
SUNAT, para dar la baja definitiva del RUC de una empresa, exige que la empresa
haya sido liquidada formalmente.
¿Sabías qué?
Para solicitar la
inscripción del acuerdo de la disolución de una sociedad debe acreditarse la
publicación de dicho acuerdo en por lo menos dos diarios.
Si una empresa por
decisión de los socios ya no desea continuar con el negocio y quieren concluir
con el mismo formalmente deberán hacerlo a través del proceso de Disolución y
Liquidación.
TRÁMITES PARA LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Tiene como
finalidad extinguir la empresa en Registros Públicos y de este modo poder darle
de baja al RUC en forma definitiva, liberando en forma permanente a la empresa
y sus socios de cualquier responsabilidad frente a la SUNAT.
- Adopción del acuerdo de Disolución y Liquidación, nombramiento del liquidador y publicación del acuerdo durante 03 días consecutivos en el diario oficial el Peruano y en otro de mayor circulación.
- Inscripción en
Registros Públicos del acuerdo de Disolución y Liquidación.
- Elaboración del balance final de liquidación y si no existen deudas se procede a la devolución de activos a favor de los socios de acuerdo a sus aportes.
- Publicación del
balance final, por una sola vez en dos diarios distintos uno obligatoriamente
es El Peruano.
- Inscripción de la
extinción de la empresa, por último, se solicita la baja del RUC en la SUNAT.