Implementar el IGV del 10% de acuerdo a la Ley N° 31556

Reduce-el-IGV-al-10_

Desde el 1 de septiembre, la Ley N° 31556 ha comenzado a regir, ofreciendo un alivio en el Impuesto General a las Ventas para aquellas pequeñas y medianas empresas del ámbito de hoteles y restaurantes (Reduce el IGV al 10%). Esta legislación nace con el firme propósito de reavivar la economía de estos sectores. En este artículo, te brindaremos detalles de cómo tu negocio puede aprovechar este beneficio y cómo, en CEPEFODES, te brindamos soporte para adaptarte a esta nueva normativa en tu facturación electrónica. ¡Continúa leyendo para más información!

¿Qué establece la Ley N° 31556 sobre el IGV para el 2023?

Sancionada el 12 de agosto de 2022, y con validez hasta el final de 2024, esta legislación trae consigo medidas específicas para revitalizar económicamente a ciertos segmentos de micro y pequeñas empresas, particularmente aquellas dedicadas a la hostelería, restaurantes y otros alojamientos orientados al turismo.

Ventajas de la Ley N° 31556 para las pequeñas y medianas empresas

Este nuevo marco legal dicta una notoria disminución en el IGV que deben presentar las compañías favorecidas. De un porcentaje previo del 18%, se ha reducido a un 8%, al cual se sumará el 2% pertinente al Impuesto Municipal (IPM). Esto significa que, bajo esta ley, el IGV a presentar por empresas de hostelería y restaurantes será del 10%.

¿Quiénes pueden beneficiarse de la Ley N° 31556?

Esta ley favorece exclusivamente a:

  1. Empresarios individuales o corporativos cuyo negocio principal se enfoque en restaurantes, hoteles y alojamientos destinados al turismo.
  2. Negocios donde, al menos, el 70% de sus ingresos sean generados por ventas o servicios relacionados con la hostelería, alojamiento turístico y gastronomía.
  3. Empresas con una facturación anual que no exceda las 1700 UIT, equivalente a 78.200 soles basado en la tasa de septiembre de 2022, conforme a lo determinado en el artículo 5 del Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE.

Es vital mencionar que las compañías que no se identifiquen con las características previamente mencionadas, o que estén económicamente asociadas con otros conglomerados o grupos empresariales, nacionales o internacionales, no podrán gozar de los beneficios de la Ley N° 31556.

CEPEFODES: Tu aliado en contabilidad

La adaptación a nuevas regulaciones puede presentar desafíos, especialmente en áreas tan específicas y cruciales como la contabilidad. En CEPEFODES, nos enorgullece ofrecer servicios contables de primer nivel, garantizando que tu negocio no solo se adapte sino que prospere bajo estas nuevas normas.

Con un equipo de profesionales altamente capacitados y con amplia experiencia en el sector, nos esforzamos por garantizar que tu empresa cumpla con todos los requisitos legales, a la vez que aprovechas al máximo los beneficios fiscales disponibles. La claridad, precisión y dedicación son las piedras angulares de nuestro servicio.

Y, para demostrar nuestro compromiso contigo y con el crecimiento de tu negocio, CEPEFODES te ofrece una consulta contable gratuita. No pierdas esta oportunidad única para garantizar que tu empresa se beneficie plenamente de la Ley N° 31556 y otras regulaciones pertinentes.

Haz clic en el siguiente botón y asegura el éxito contable y fiscal de tu empresa con CEPEFODES. Porque tu éxito es nuestro compromiso. ¡Esperamos tu consulta!

Para obtener más información sobre nuestros servicios de contabilidad y asesoría en la formalización de empresas, visita nuestra página web: