¡SUNAT posterga multas por no colocar RUC en redes sociales!

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Sunat le informa a todos los vendedores que ofrezcan sus productos o servicios a través de sus redes sociales, que se encontrarán obligados a colocar su RUC en toda publicación realizada sobre sus ofertas. Según, el Decreto de Ley Legislativo n. 1524 que modifica la Ley del Registro Único de Contribuyentes, los proveedores tienen hasta fin de año para obtener su RUC. De lo contrario, cualquier publicidad en las plataformas de: Facebook, Instagram o Tiktok que no cuenten con su número de RUC serán consideradas como una infracción.

Consecuencias del Decreto Legislativo 1524 implantado por SUNAT

El Decreto Legislativo 1524 ha establecido una serie de exigencias y regulaciones que afectan a aquellos que realizan ventas en línea, incluyendo a influencers. Estas regulaciones tienen como objetivo principal promover la transparencia y el cumplimiento tributario en el ámbito del comercio electrónico, pero cabe aclarar que esta no es la manera adecuada.

Una de las principales implicancias de este decreto es la obligación de consignar el Registro Único del Contribuyente (RUC) en todas las publicaciones y documentos relacionados con la oferta de bienes y servicios en plataformas digitales. Esto significa que los influencers y vendedores en línea deben incluir su número de RUC, seguido de su nombre o razón social, en toda la documentación relacionada con sus actividades comerciales.

¿Qué es el RUC?

El Registro Único del Contribuyente, conocido como RUC, es un número de identificación tributaria que se utiliza en muchos países, incluyendo el Perú, para identificar a las personas o empresas que realizan actividades económicas. En el caso específico del Perú, el RUC tiene 11 dígitos y es tramitado a través de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

El RUC 20 se refiere a un tipo específico de RUC utilizado para identificar a las personas naturales que realizan actividades económicas gravadas. Este tipo de RUC es aplicable a emprendedores, influencers y vendedores en línea que ofrecen bienes o servicios a través de plataformas digitales. Consignar el RUC 20 en la documentación relacionada con las actividades comerciales será un requisito legal cuando sea establecido por el Decreto Legislativo 1524.

¿De qué manera afectará el Decreto Legislativo 1524?

  1. Pérdida de privacidad: Al consignar el RUC en cada publicación, los influencers están revelando su información personal y fiscal de manera pública. Esto puede resultar en una pérdida de privacidad, ya que cualquier persona puede acceder a dicha información. Exponer estos datos sensibles puede poner en riesgo la seguridad y la identidad del influencer, haciéndolos más vulnerables a posibles fraudes, suplantaciones de identidad u otros delitos.
  • Barreras administrativas: La obligación de consignar el RUC en cada publicación implica una carga administrativa adicional para los influencers. Deben asegurarse de cumplir correctamente con los requisitos establecidos por la ley y la SUNAT. Esto implicará un mayor tiempo y esfuerzo dedicado a gestionar y mantener actualizada la información fiscal en todas sus publicaciones, lo cual puede resultar en una distracción de sus actividades principales como creadores de contenido.
  • Falta de claridad en las especificaciones de la ley: El Decreto Legislativo 1524 y sus normativas relacionadas pueden carecer de especificaciones claras y detalladas en cuanto a cómo los influencers deben cumplir con la obligación de consignar el RUC en sus publicaciones. Esta falta de claridad puede generar confusión e incertidumbre en los influencers, quienes podrían enfrentar dificultades para interpretar y aplicar correctamente la ley.

¿Qué pasa si SUNAT detecta incumplimiento?

El incumplimiento de esta obligación se encuentra regulada como una infracción en el artículo 173 del Código Tributario. La SUNAT está en la facultad de multar al usuario de Renta de Tercera Categoría con hasta el 30% de la UIT (S/ 1485) de no consignar el RUC en la documentación donde se oferte bienes o servicios.

Además de ello, Indecopi tiene la facultad para sancionarlos si no respetan las normas del ordenamiento jurídico que se aplican a la actividad publicitaria respecto de su contenido, difusión o alcance, según el artículo 17 del Decreto Legislativo n.° 1044. Por dicha infracción, Indecopi tiene la facultad de interponer una multa que va desde una amonestación hasta 700 UIT (S/.2 millones 765.000).

La obligación de consignar el RUC

En resumen, el Decreto Legislativo 1524 y el RUC 20 son elementos fundamentales en la regulación y cumplimiento tributario en el ámbito del comercio electrónico. El Decreto establece la obligación de consignar el RUC en todas las publicaciones relacionadas con la

oferta de bienes y servicios en plataformas digitales. El RUC 20, por su parte, es el tipo de registro utilizado por las personas naturales que realizan actividades económicas gravadas.

Es esencial comprender las consecuencias de no cumplir con estas regulaciones. El incumplimiento puede resultar en multas y sanciones tanto desde el ámbito tributario como desde el ámbito de competencia desleal. Cumplir con estas regulaciones puede brindar más transparencia a los fans, pero este no es el modo correcto para formalizar a este sector nuevo para todo el mercado.

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